LA EVALUACIÓN DE CERTIFICACIÓN

La superación, en una u otra convocatoria, de solo algunas de las partes de las que conste la prueba no dará derecho a certificados de nivel por competencias parciales, sino únicamente, y a petición del alumnado, a una certificación académica.

Una vez concluida la evaluación final extraordinaria, las escuelas oficiales de idiomas y los centros docentes donde se lleven a cabo las pruebas de certificación podrán expedir, a los alumnos o alumnas que no hayan superado dichas pruebas en su totalidad y así lo soliciten, una certificación académica de haber superado alguno de los ejercicios que componen las pruebas de certificación. Estas certificaciones no eximirán de la realización de los ejercicios correspondientes de las pruebas que se convoquen en otro curso escolar.

Dicha certificación, que no surtirá efectos académicos, será expedida por el centro docente donde la persona interesada realizó la prueba de certificación, a solicitud de la misma, a través del Sistema de Información Séneca y será firmada por el secretario o secretaria del centro docente y visada por el director o la directora del mismo. En la citada certificación se hará constar, con mención de todas las partes que conformen la prueba, que el alumno o alumna ha alcanzado el grado de dominio requerido en las actividades de lengua que las partes superadas evalúen.

Resolución de 13 de marzo de 2023, de la Dirección General de Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación Educativa, por la que se convocan las pruebas de certificación en las enseñanzas de idiomas de régimen especial para el curso 2022/2023 y se establecen determinados aspectos sobre su organización.

Orden de 11 de noviembre de 2020, por la que que se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado y de las pruebas de certificación en las enseñanzas de idiomas de régimen especial en Andalucía.

 

EL ALUMNADO OFICIAL con matrícula activa (o su tutor/a legal) de Nivel Intermedio B1, Nivel Intermedio B2 (2º curso) y Nivel Avanzado C1 (2º curso) que desee realizar las pruebas específicas de certificación, tendrá que confirmar (durante los diez primeros días hábiles del mes de abril), su inscripción en las PEC del nivel e idioma en el que se encuentra matriculado, eligiendo una de las dos opciones posibles (según corresponda):

  1. A través de la Secretaría Virtual. Consulta este tutorial para saber cómo hacerlo.
  2. Entregando el anexo VIII (descargar aquí) debidamente cumplimentado en la secretaría del centro.

NOTA IMPORTANTE: En caso de no confirmar la inscripción, solo podrás presentarte al examen de promoción pero no obtendrás el certificado de nivel.

EL ALUMNADO LIBRE no necesita presentar el Anexo VIII.

Puedes descargar el formulario de solicitud de adaptación por discapacidad aquí. El plazo de solicitud es del 1 al 17 de abril. De acuerdo con la normativa vigente, sólo las discapacidades reconocidas mediante certificación oficial que recoja el tipo y grado de minusvalía darán lugar a las adaptaciones de las pruebas.

Consulta la normativa (pregunta anterior) así como la infografía situada al inicio de esta sección. 

  Guía del Candidato curso 2022-23

 

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CONVOCATORIA EXTRAORDINARIA SEPTIEMBRE 2023

 

En las próximas semanas se publicará el día y la hora de la actividad de lengua “Producción y Coproducción de Textos Orales y Mediación Oral” para cada idioma y nivel en la sección “Calendario de Exámenes Finales” de cada departamento (inglés, francés y alemán).